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Las acciones a ejercer ante el acoso laboral o mobbing

En el entorno laboral, se suelen presentar cada vez con más frecuencia diversas situaciones incómodas, las cuales han sido conceptualizadas como el “mobbing”, es un término complicado, debido a que solo se poseen presunciones, pero no claridad acerca del concepto que representa este tipo de cuso sobre la ley.

Ante cualquier confusión, lo mejor es remitirse a la legislación, la cual aclara o especifica ciertas condiciones que deben presentarse para que exista esta clase de violación o alteración, llegando a impactar las funciones laborales, por ello esta exploración es vital, llegando a tener contacto con los límites presentes en el acoso.

Todo lo que implica el “mobbing”

Ante la gran posibilidad de ser víctima de acoso laboral, es vital reconocer su concepto con mayor exactitud, porque las situaciones de acoso laboral se pueden interpretar según el contexto, pero realmente se trata de momentos donde se evidencia violencia psicológica en diferentes escalas y esta es difícil de identificar y demostrar.

La intención de poner en marcha ciertas actitudes de acoso laboral, obligatoriamente deben causar una clara perturbación, ya que a través de ese impacto se puede intimidar y continuar hostigando a la víctima, llegando hasta el punto que la persona desee abandonar su trabajo para eludir esta clase de bochorno o situación.

La clasificación o tipos de acoso que se pueden evidenciar, depende en mayor medida de quién los ha cometido o ejercido, ante esto sobresalen los siguientes:

-Mobbing vertical: Es aquel ejercido por parte de un superior que posee mayor peso jerárquico dentro de la empresa.

-Mobbing horizontal: Cuando el acoso se realiza por parte de algún compañero que posee el mismo rango.

-Mobbing descendente: Se manifiesta tras la acción o manifestación del acoso a través de alguien que es de menor categoría laboral.

Como se puede observar, se presentan ciertas similitudes con respecto a la clasificación del acoso laboral, y lo mismo sucede con el acoso escolar, aunque bajo la esfera laboral pasa a ser denominado como “bullying laboral”, la diferencia está en que en vez de ser ejercido por niños se trata de compañeros laborales y jefes también.

Las acciones ante el acoso laboral

Los casos de acoso laboral son más graves de lo que parece, debido a que este tipo de demanda emocional, puede dar pie a que se produzcan distintas enfermedades patológicas, lo cual irrumpe con la vida familiar y personal, por esta razón es necesario conocer las acciones que se pueden presentar ante sufrir este tipo de daño.

Lo principal ante ser víctima de esta clase de circunstancias, es buscar ayuda psicológica, porque los daños son muy severos y necesitan tratamiento cuanto antes, ya que se trata de un tema de salud, es lo que poseen mayor prioridad, además el resultado de la evaluación médica servirá para sustentar cualquier acción legal.

Las acciones judicial caben sobre esta clase de acontecimiento, debido a que se encuentra tipificado sobre la normativa vigente, por ello el siguiente paso es denunciar los hechos que se han desarrollado, a través de los representantes legales que se encuentran a disposición de los trabajadores o sino en el Comité de Seguridad y Salud de la compañía.

Los pasos a seguir ante el acoso laboral

Ante la manifestación de los hechos de acoso laboral que se han vivido, se procede a instaura una investigación acerca de los hechos que se han denunciado o manifestado, a raíz de cualquier resultado que sustente esos hechos se deberá imponer medidas disciplinarias de forma oportuna para que se obtenga un resarcimiento sobre la infracción.

Afrontar una situación de denuncia, también incluye tener un soporte, debido a que de lo contrario todo recae en un simple testimonio, lo mejor es que se pueden presentar todo tipo de formatos, es buscar probar ante todo que existe realmente ese tipo de acoso, no es cualquier clase de denuncia, eso modifica el ambiente de trabajo.

Aunque el mayor requisito es haber presentado por escrito a la empresa lo que ha sucedido, ya que esto forma parte de agotar la vía de mediación interna para llegar a un acuerdo, luego de esto, como víctima se podrá denunciar de manera externa a la empresa, para ello se encuentran a disposición dos vías la judicial y la administrativa.

La vía administrativa se interpone ante la Inspección del trabajo, mientras que la judicial que se impone para perseguir y reclamar los daños y perjuicios que se hayan ocasionado sobre el empleado, así que antes de tomar alguna decisión, es importante consultar con la asesoría legal apropiada para encontrar la vía que corresponda con los hechos.

Las alternativas para proceder ante el acoso laboral

Ante la negativa de acudir bajo la vía judicial, se puede tomar en cuenta la existencia de dos vías alternativas, las cuales son las siguientes:

  • La jurisdicción social

Se trata básicamente de exigir protección sobre la ley, ante un juez, mediante la advertencia que se realice al acosador, esta a su vez se encuentra acompañada de ciertas medidas que se puedan fijar, siempre aspirando establecer una garantía a futuro para que el empleado pueda desenvolverse sin algún riesgo.

Por otro lado, la víctima tiene la libertad de interponer la extinción de la relación laboral, siempre y cuando se haya probado la suscitación de acoso laboral, ante esto, la empresa debe correr con el abono de la indemnización, y también la víctima goza del derecho de cobrar la prestación por desempleo y reclamar daños y perjuicios.

  • La jurisdicción penal

Tras presentarse un acoso laboral de mayor nivel, es decir con violencia, corresponde introducir la demanda bajo la gravedad que representa, de este modo se deja al descubierto el tipo de delito penal que ha cometido el acosador, buscando que enfrente la responsabilidad ante la ley, llegando a someterse a penas de prisión.

Además de esta sentencia, se pueden emprender más acciones en contra de la empresa, ante el escenario en el cual no haya tomado las medidas que corresponden, lo que significa que no le puso fin al acoso y esto agrava su situación como garante del ambiente laboral.

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