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La vigencia de la Ley de tráfico, circulación y seguridad vial

La concurrencia de los accidentes viales son muy comunes, lo que no es tan conocido es el tipo de medida legal que se toma al respecto de cada suceso, por ello corresponde analizar la ley que entró en vigor el 31 de enero de 2016, con la denominación de la Ley de Tráfico, Circulación y Seguridad Vial, aprobada RDLeg 6/2015.

Esta ley dentro del mundo legal, representa la derogación del texto legal anterior dentro de este ámbito que era de 1990, causando una mayor claridad dentro de algunas situaciones, ante esta imposición legal vale la pena analizar a fondo, así se podrán tomar los cuidados apropiados.

Todo lo que implica la Ley de tráfico, circulación y seguridad vial

La especialidad acerca de la cobertura legal sobre los accidentes d tráfico, se puede aclarar a través de las disposiciones legales tipificadas, debido a que se regula todo tipo de comportamiento en el tráfico, y las incidencias que respectan a la seguridad vial, la cual a su vez asume una compilación sobre las normas anteriores dentro de esta materia.

El propósito de la instauración de esta clase de leyes, se centra en unificar, porque mientras se puedan encontrar varias disposiciones, en un solo establecimiento, imparte claridad para los ciudadanos, por ello entra en vigor, buscando legislar y servir al mismo tiempo bajo una mayor comprensión, haciendo de su vigencia algo esencial.

Esto ha permitido que gane mayor actualización del lenguaje y por lo tanto una mejor comprensión, debido a la modificación de diferentes cuestiones gramaticales, esto permite corregir alguna controversia sobre ciertos términos bajo la unificación del significado de ciertas expresiones para que exista una mejor cohesión interna.

Las aclaratorias legales son parte de ese ajuste para que sea más sencillo el cumplimiento y la aplicación de estos cuerpos normativos, por ello también brota otra cualidad como las remisiones y concordancia que poseen cada uno de los artículos, donde los artículos muy extensos han sido divididos, y los preceptos no poseen tanto texto de por medio.

Las adaptaciones de la Ley de tráfico, circulación y seguridad vial

El contenido de la Ley 30/1992 ha sido adaptado también a la vigente ley, incluyendo los preceptos establecidos por el Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que fue dejada a un lado por la Ley 15/2014 de 16 de septiembre de racionalización del Sector Público, junto con la reforma.

Esta ley en vigor se ha encargado en trasponer la Directiva 2015/413, donde se busca afianzar el intercambio de información transfronterizo, para obtener seguimiento a las infracciones de tráfico para analizar la materia de seguridad vial, lo cual se encontraba establecido en la disposición final de Ley 35/2015 de daños y perjuicios.

Esta clase de valoración legal permitía medir el daño que haya causado alguna persona, y había sido derogada por su contenido ya que no se integraba, dentro de los cambio también se hace notar la numeración de los artículos, a través del cuadro general de infracciones, donde se han sustituidos los preceptos según su calificación.

La reciente imposición de la Ley de tráfico, circulación, y seguridad vial

A través de la Ley de tráfico, circulación y seguridad vial se establece el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (TESTRA), la cual anteriormente se postulaba como única con los preceptos establecidos sobre la materia de tráfico, la cual ahora se integra junto con la Dirección Electrónica Vial (DEV) como una muestra de mayor eficiencia.

Mientras que existe un signo llamativo en la actualidad con la derogación del RDLeg 339/1990, así como también sucede con la disposición final de la Ley 35/2015, lo que afecta directamente la valoración de los daños y perjuicios, esto se debe estimar o tomar en cuenta como parte del refundido que ha pasado el texto.

En este sentido salta a la luz la importancia, el capítulo V “Intercambio transfronterizo de información sobre infracciones de tráfico”, pero lo que se refiere a la estructura del texto legal que ha sido refundido, posee un artículo único que representa a toda norma unificadora y ordenada.

El texto legal posee siete títulos, donde se encuentra uno preliminar como anticipación, además la división ocurre tras la sistematización, la cual también se encuentra presente en el articulado, donde solo se incorporan ciertas disposiciones adicionales, tres como parte transitoria, finales y seis sobre los anexos.

Los títulos se encuentran establecidos de la siguiente manera:

-Título Preliminar. Disposiciones generales:

-Título I. Ejercicio y coordinación de las competencias sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial.

-Título II. Normas de comportamiento en la circulación.

-Título III. Señalización.

-Título IV. Autorizaciones administrativas.

-Título V. Régimen sancionador.

-Título VI.  Registro Nacional de Víctimas de Accidentes de Tráfico.

Todo lo que incorpora la Ley de Tráfico, circulación y seguridad vial

La normativa vigente que impera sobre las incidencias de tránsito, cuenta con dos disposiciones adicionales, donde se incorpora el tema del gasto público, debido a la derogatoria, lo cual se encuentra plasmado por el RDLeg 339/1990, junto con las demás leyes que se han modificado, y la estimación final al entrar en vigor.

Esta clase de interpretaciones, representan una actualización, un cambio que ha sufrido la normativa, pero en lugar de determinar alguna nueva acción se trata más bien de aclarar, para que se obtenga mucha más comprensión sobre el comportamiento que presentan los conductores y el efecto legal que producen.

Además se agrega la consecuencia que posee sobre los actores gubernamentales y la responsabilidad de tomar acciones ante la seguridad vial, lo cual forma parte de las necesidades de la sociedad, por ello es indispensable tomar en serio esta clase de vigor legal, porque es un beneficio común.

Ante cualquier lectura, es necesario contar con el asesoramiento legal respectivo, para que no se incurra en alguna acción ilegal, para ello se encuentran especialistas que estudian a fondo esta clase de cambios, los cuales marcan la historia de la sociedad, y sientan un precedente sobre el plano legal.

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